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Operaciones Cambiarias Importaciones

Servicio de tramite ante Cencoex divisas destinadas a importación de bienes.

Operaciones Cambiarias Remesas

Servicio para tramitar ante Cadivi adquisición de divisas para pago de remesas.

Descripción - Condiciones - Solicitud - Requisitos

Descripción

Es un servicio que permite a los clientes de Banco Activo tramitar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX)., la solicitud de autorización de adquisición de divisas para el pago de remesas a familiares residenciados en el exterior, de acuerdo a las normativas y condiciones establecidas en la Providencia No. 096 emitida por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), publicada en la Gaceta Oficinal No. 37.625 en fecha 05 de febrero de 2003, reformado parcialmente mediante Decreto Nº. 2.330 de fecha 06 de marzo de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 37.644, de la misma fecha el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX).

 

Características

 

• Los recaudos requeridos, tanto en su original como en sus copias, deberán ser presentados por la persona a través de Banco Activo, debidamente identificados, legibles y organizados en el orden establecido en esta Providencia No. 096 y en la normativa dictada a tales efectos.

• La persona podrá remesar mensualmente hasta la cantidad máxima de novecientos dólares de los Estados Unidos de América (US $ 900,00). Dicha cantidad podrá ser distribuida mensualmente entre sus beneficiarios hasta por un monto máximo de trescientos dólares de los Estados Unidos de América (US $ 300,00) por cada uno de ellos.
 
• La solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas deberá realizarse dentro del mes calendario que se trate y no será acumulativa.
 
• Para trámites sucesivos de operaciones de remesas de conformidad con lo establecido, la persona presentará ante el banco los  recaudos adicionales contemplados en la Providencia No. 096.

 

 

Remesas Estudiantes

Es un servicio que permite a los clientes de Banco Activo tramitar ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), la solicitud de autorización de adquisición de divisas destinadas al pago de actividades académica en el exterior Providencia No. 010 emitida por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), publicada en la Gaceta Oficinal No. 37.625 en fecha 05 de febrero de 2003, reimpreso en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.653 de fecha 19 de marzo de 2003, en concordancia con los artículos 3, 4 y 10 del Decreto N° 2.302 de fecha 5 de febrero de 2003 parcialmente reformado por Decreto N° 2.330 de fecha 6 de marzo de 2003, mediante el cual se crea el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX).

 

Características

• La solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas a que se refiere la presente providencia puede ser principal, complementaria de manutención o sucesiva.

• Las Solicitudes de Autorización de Adquisición de Divisas conforme a lo establecido en la Providencia No. 110, la persona deberá registrar, a través del portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), la actividad académica a que se refiera la solicitud a tramitar.
 
• La Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) a que se refiere la presente providencia, será nominal e intransferible y tendrá una  validez de ciento ochenta (180) días continuos.
 
• La persona  debe consignar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) a través de Banco Activo, con al menos treinta (30) días hábiles bancarios de anticipación a la fecha indicada en la solicitud para el inicio de la actividad académica a cursar en el exterior, con los recaudos indicados.
 
• La carta de instrucción deberá señalar la identificación del usuario, el nombre de la institución financiera a la cual serán transferidas las divisas, el número de cuenta bancaria de la institución educativa y de la empresa aseguradora, el nombre de la institución financiera a la cual serán transferidas las divisas, número de la Solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas y la cantidad de divisas solicitadas para el pago de la actividad académica a cursar, señalando separadamente el monto correspondiente a la matrícula, manutención y seguro médico estudiantil. La persona  o su representante legal debe firmar la carta y estampar sus huellas dactilares.
 
• Cuando se trate del primer período de una actividad conducente a grado académico, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) podrá autorizar como máximo la adquisición de divisas por una cantidad equivalente a tres (3) meses de manutención, cantidad que debe ser liquidada de conformidad con lo establecido.
 
• Cuando la duración del período académico exceda de tres (03) meses, la persona  podrá solicitar la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) para cubrir gastos de manutención por el monto que corresponda al resto del período académico a través de una solicitud complementaria de manutención.
 
• La persona  que obtengan la autorización a la  Providencia No. 110, deberán realizar la declaración jurada de cierre de la actividad académica, a través del portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) a los fines de cerrar su solicitud, dentro de los cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes a la fecha indicada en la solicitud para la culminación de la actividad académica.
 

 

Remesas Pensionados y Jubilados

Es un servicio que permite a los clientes de Banco Activo tramitar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) la solicitud de autorización de adquisición de divisas para el envío a jubilados y pensionados Residentes en el Exterior  Providencia No. 019 emitida porel Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), publicada en la Gaceta Oficinal No. 37.625 en fecha 05 de febrero de 2003, reimpreso en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.653 de fecha 19 de marzo de 2003, en concordancia con los artículos 3, 4 y 10 del Decreto N° 2.302 de fecha 5 de febrero de 2003 parcialmente reformado por Decreto N° 2.330 de fecha 6 de marzo de 2003, mediante el cual se crea el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX).

 

Características

• La autorización de adquisición de divisas (AAD) para los envíos a que se refiere esta providencia estará limitada hasta el monto de la jubilación o pensión, pero en ningún caso podrá ser superior a un máximo mensual de dos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2,000.00), o su equivalente en otras divisas.

• Los solicitantes que sean personas naturales sólo podrán inscribir un solo beneficiario y los que sean personas jurídicas podrán inscribir los jubilados o pensionados que hayan obtenido el beneficio de tales instituciones.

Condiciones

 

Remesas Familiares

  • Las personas que requieran autorización para adquirir divisas, deberán estar inscritas, en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) a través del Portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), www.cencoex.gob.ve
  • Para los beneficiarios de esta Providencia, se prohíbe el uso otros mecanismos creados por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX).
  • La Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) a que se refiere esta Providencia estará sujeta a la disponibilidad de divisas aprobadas por el Banco Central de Venezuela (BCV) y a los lineamientos que al efecto establezca el Ejecutivo Nacional.
    Los documentos originales emitidos por personas naturales o jurídicas domiciliadas en el exterior, deberán estar debidamente legalizados o apostillados por ante la Autoridad competente en el país de su emisión o suscripción, y traducidos por intérprete público si están redactados en idioma diferente al castellano.
  • La constancia de residencia, el registro consular, la fe de vida, y la certificación de Ingreso emitida por Contador Público Colegiado deberán ser actualizados cada seis (6) meses o bien a su vencimiento, si fuere menor que el lapso establecido en este artículo. Banco  Activo  no podrá realizar la operación de remesa a que se refiere la presente Providencia cuando los recaudos no hayan sido actualizados por la persona.
  • En el caso de las Solicitudes Sucesivas, la carta de instrucción deberá señalar con exactitud la identificación de los beneficiarios, número de cuenta bancaria del beneficiario, nombre del banco, cantidad a remesar por cada uno de los beneficiarios y mes calendario del que se trata. La persona  debe firmar la carta y estampar sus huellas dactilares.
  • El Banco  no realizará el trámite ni la transferencia de la remesa sin haber recibido la carta de instrucción y  ser diligente en la recepción y verificación de la documentación presentada por la persona y tramitará en forma oportuna y eficiente la solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas-
  • En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en la Providencia No. 096. o cuando existieren fundados indicios que la persona suministró información o documentación falsa o errónea, el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), podrá suspender preventivamente el acceso al Sistema de Administración de Divisas, iniciándose con ello los procedimientos administrativos correspondientes; sin perjuicio, de las responsabilidades civiles, penales y administrativas a que hubiere lugar.

 

Remesas Estudiantes

  • Las personas que requieran autorización para adquirir divisas, deberán estar inscritas, en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) a través del Portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), www.cencoex.gob.ve
  • Se excluyen de la aplicación de esta providencia las personas  que sean becarios y beneficiarios de financiamientos educativos en divisas del sector público.
  • Los recaudos requeridos tanto en su original como en sus copias, deberán ser presentados por la persona a través de Banco Activo, debidamente identificado, legible y organizado en el orden establecido en esta Providencia No. 110 y en la normativa dictada a tales efectos.
  • Los documentos emitidos por personas naturales o jurídicas domiciliadas en el exterior, deberán presentarse debidamente legalizados o apostillados por ante la autoridad competente en el país de su emisión o suscripción, traducidos por intérprete público si están redactados en idioma diferente al castellano.
  • La Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) a que se refiere esta Providencia No. 110, estará sujeta a la disponibilidad de divisas aprobadas por el Banco Central de Venezuela (BCV) y a los lineamientos que al efecto establezca el Ejecutivo Nacional.
    Banco Activo  no realizará el trámite ni la transferencia de la remesa sin haber recibido la carta de instrucción y  la verificación de la documentación presentada por la persona.
  • En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en la Providencia No. 110 o cuando existieren fundados indicios que la persona suministró información o documentación falsa o errónea, el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), podrá suspender preventivamente el acceso al Sistema de Administración de Divisas, iniciándose con ello los procedimientos administrativos correspondientes; sin perjuicio, de las responsabilidades civiles, penales y administrativas a que hubiere lugar.

 

Remesas Jubliados y Pensionados

  • Las personas que requieran autorización para adquirir divisas, deberán estar inscritas, en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) a través del Portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), www.cencoex.gob.ve
  • A los efectos de las posteriores solicitudes de adquisición de divisas, los solicitantes deberán consignar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), constancia del envío de las divisas autorizadas previamente.
  • La Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) a que se refiere esta Providencia estará sujeta a la disponibilidad de divisas aprobadas por el Banco Central de Venezuela (BCV) y a los lineamientos que al efecto establezca el Ejecutivo Nacional.
  • En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en la Providencia No. 019 o cuando existieren fundados indicios que el usuario suministró información o documentación falsa o errónea, el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), podrá suspender preventivamente el acceso al Sistema de Administración de Divisas, iniciándose con ello los procedimientos administrativos correspondientes; sin perjuicio, de las responsabilidades civiles, penales y administrativas a que hubiere lugar.

Solicitud

Remesas Familiares

  • Realiza la solicitud a través del Portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) www.cencoex.gob.ve
  • Imprímela
  • Llévala junto a los demás recaudos a la oficina más cercana

 

Remesas Estudiantes

  • Realiza la solicitud a través del Portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) www.cencoex.gob.ve
  • Imprímela
  • Llévala junto a los demás recaudos a la oficina más cercana

 

Remesas Jubilados y Pensionados

  • Realiza la solicitud a través del Portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) www.cencoex.gob.ve
  • Imprímela
  • Llévala junto a los demás recaudos a la oficina más cercana

 

Requisitos

Remesas Familiares

 

Solicitante:

  • Original  Acta de Consignación de Documentos. FORMACADIVI 351-03
  • Original Planilla “Solicitud de Registro y Autorización de Adquisición de Divisas para Remesas a Familiares Residentes en el Exterior” (RUSAD-033), impresa en tamaño carta, en un solo folio y firmada.
  • Copia ampliada de la cedula de identidad, cuando el solicitante sea venezolano o extranjero residente.
  • Fotocopia del  Pasaporte y visa vigente. Emitida en el país de origen que demuestre su residencia en el Territorio de la República Bolivariana de Venezuela en su condición de migrante temporal.
  • Original Constancia de residencia. Emitida por la autoridad civil competente del lugar donde reside. Actualizada cada seis (6) meses o bien a su vencimiento, si fuere menor que el lapso establecido.
  • Original de la Constancia de trabajo o certificación de ingreso. Donde exprese la identificación completa del patrono, sellada y firmada, donde se indique el sueldo o salario mensual percibido. Si es trabajador independiente, Certificación de Ingreso con mas de treinta (30) días de expedida, emitida por Contador Público Colegiado sobre la base de los seis (6) últimos meses
  • Original de los Estados de cuenta bancarios. Correspondiente a los seis (6) últimos meses anteriores a la fecha de la solicitud, con sello húmedo de la institución financiera, cuando el usuario registre tres (3) o más beneficiarios.
  • Original de la  Carta de Instrucción. Comunicación mediante la cual el usuario faculta al operador cambiario autorizado para realizar la transferencia de las divisas a sus beneficiarios. Debe señalar con exactitud la identificación de los beneficiarios, número de cuenta bancaria del beneficiario, nombre del banco, cantidad a remesar por cada uno de los beneficiarios y mes calendario del que se trata. La persona debe firmar la carta y estampar su huella dactilar.

 

Para Beneficiarios Venezolanos:

 

  • Fotocopia Cédula de identidad ampliada y Copia del pasaporte emitido por la República Bolivariana de Venezuela.
  • Original de constancia de residencia o registro consular o fe de vida, debidamente legalizado o apostillado por ante la Autoridad competente en el país de su emisión o suscripción.
  • Copia del Documento que demuestre el vínculo con el beneficiario. Debidamente legalizado o apostillado por ante la Autoridad Competente en el país de su emisión o suscripción, y traducido por intérprete público si están redactados en idioma diferente al castellano, cuando corresponda.

 

Para Beneficiarios Extranjeros:

 

  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Original de constancia de residencia o registro consular o fe de vida, debidamente legalizados o apostillados por ante la Autoridad competente en el país de su emisión o suscripción.
  • Copia del Documento que demuestre el vínculo con el beneficiario. Debidamente legalizado o apostillado por ante la Autoridad Competente en el país de su emisión o suscripción, y traducido por intérprete público si están redactados en idioma diferente al castellano, cuando corresponda.

 

Solicitudes Sucesivas

 

Para trámites sucesivos de operaciones de remesas de conformidad con lo establecido en la Providencia No. 096. la persona deberá presentar ante el Banco los siguientes documentos:

  • Original del Acta de Consignación de Documentos. FORMACADIVI 351-03
  • Original de la Planilla “Solicitud de Registro y Autorización de Adquisición de Divisas para Remesas a Familiares Residentes en el Exterior” (RUSAD-033), impresa en tamaño carta, en un solo folio y firmada.
  • Fotocopia de la  Cédula de identidad ampliada o pasaporte vigente.
  • Fotocopia del Pasaporte y visa vigente. Emitida en el país de origen que demuestre su residencia en el Territorio de la República Bolivariana de Venezuela en su condición de migrante temporal.
  • Original de la Carta de Instrucción. Comunicación mediante la cual la persona faculta  a Banco Activo para realizar la transferencia de las divisas a sus beneficiarios. Debe señalar con exactitud la identificación de los beneficiarios, número de cuenta bancaria del beneficiario, nombre del banco, cantidad a remesar por cada uno de los beneficiarios y mes calendario del que se trata. El usuario debe firmar la carta y estampar su huella dactilar.
  • Actualización de los documentos exigidos cuando corresponda.

 

La preparación y consignación de los requisitos se rige por el Manual de Normas y Procedimientos para la Consignación de Documentos emitido por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) en octubre de 2011.

El Banco se abstendrá de tramitar, ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), las solicitudes que no cumplan con lo establecido en la Providencia No. 096.

 

Remesas Estudiantes

Del usuario:

 

  • Planilla de solicitud obtenida por medios electrónicos.
  • Fotocopia de la cédula de identidad.
  • Fotocopia del pasaporte vigente, cuando corresponda.
  • Fotocopia de la visa de estudiante, cuando corresponda.
  • Fotocopia del boleto de ida y vuelta al territorio de la República Bolivariana de Venezuela, cuando corresponda.
  • Original de la constancia de residencia emitida por la Autoridad Civil competente del lugar de residencia en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Fotocopia de la carta de invitación o aceptación emitida por la institución educativa donde se llevará a cabo la actividad académica, en la cual se detalle el costo de la matrícula y el programa de la actividad.
  • Fotocopia de la factura pro forma contentiva del costo y la vigencia del seguro médico estudiantil, cuando corresponda.
    Original de la carta de instrucción.

 

Del representante legal:

  • Fotocopia de la cédula de identidad.
  • Fotocopia del documento público que acredite la representación.

 

Recaudos solicitud complementaria de manutención:

 

El representante legal del usuario debe consignar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) a través del operador cambiario autorizado, los recaudos que se indican a continuación; una vez que hayan transcurrido dos (02) meses a partir de la fecha indicada en la solicitud para el inicio de la actividad conducente a grado académico:

  • Planilla de solicitud obtenida por medios electrónicos.
  • Original de la constancia de Registro Consular del usuario.
  • Original de la constancia de estudio, debidamente legalizada o apostillada por ante la autoridad competente en el país de su emisión suscripción, la cual debe describir expresamente: el costo detallado de la matrícula y la fecha de inicio y culminación del período académico.
  • Fotocopia de la cédula de identidad del usuario.
  • Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal, cuando corresponda.
  • Fotocopia del documento público que acredite la representación, cuando corresponda.
  • Original de la carta de instrucción.
  • Copia del mensaje SWIFT correspondiente a la transferencia de las divisas cuya adquisición fue autorizada en la solicitud principal, cuando corresponda.

 

Solicitudes sucesivas:

 

A los fines de tramitar la solicitud sucesiva, el representante legal de la persona debe consignar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), a través de Banco Activo, dentro de los dos (02) meses siguientes a la fecha de inicio del nuevo período académico, los siguientes recaudos:

 

Del nuevo período académico:

 

  • Planilla de solicitud obtenida por medios electrónicos.
  • Fotocopia de la cédula de identidad del usuario.
  • Fotocopia del pasaporte del usuario, cuando corresponda.
  • Original de la constancia de Registro Consular.
  • Original de la constancia de estudio, debidamente legalizada o apostillada por ante la autoridad competente en el país de su emisión suscripción, la cual debe describir expresamente: el costo detallado de la matrícula y la fecha de inicio y culminación del período académico.
  • Original de la factura pro forma contentiva del costo y la vigencia del seguro médico estudiantil, cuando corresponda.
  • Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal, cuando corresponda.

 

Remesas Jubilados y Pensionados:

El solicitante de las divisas, deberá inscribirse conjuntamente con el beneficiario de las mismas, en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD), de conformidad con las normas establecidas en la providencia correspondiente.

 

 

Remesas jubilados y pensionados. Personas Naturales:

  • Original Planilla “Solicitud de Registro y Autorización de Divisas Destinada a Casos Especiales, Jubilados y Pensionados” (RUSAD-002). Impresa en tamaño carta, en un solo folio, firmada y sellada por el representante legal de la empresa.
  • Fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte del jubilado o pensionado.
  • Fotocopia  de la visa vigente del pensionado o jubilado, en el caso que corresponda.
  • Original y copia de la cédula de identidad o pasaporte vigente del solicitante.
  • Fotocopia del Documento legal, donde se demuestre la condición solicitada, indicando el monto de la jubilación o pensión.
  • Original de la Constancia de residencia. En caso de presentar Registro Consular, éste debe ser expedido por la Oficina Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela del lugar de residencia del beneficiario y su cónyuge cuando corresponda. En caso de presentar Constancia de Residencia, ésta debe ser expedida por la autoridad local competente, debidamente legalizada o apostillada.

 

Remesas jubilados y pensionados. Personas Jurídica:

  • Original Planilla “Solicitud de Registro y Autorización de Divisas Destinada a Casos Especiales, Jubilados y Pensionados” (RUSAD-002). Impresa en tamaño carta, en un solo folio, firmada y sellada por el representante legal de la empresa.
  • Fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte del jubilado o pensionado.
  • Fotocopia  de la visa vigente del pensionado o jubilado, en el caso que corresponda.
  • Fotocopia del Acta constitutiva y estatutos sociales del solicitante. Debidamente registrados, en el caso de personas de derecho privado.
  • Fotocopia Acto normativo o documento de creación del solicitante. En el caso de personas de derecho público.
  • Original del Documento público o auténtico, donde acredite la representación legal del solicitante.
  • Fotocopia de la Cédula de identidad ampliada del representante legal.
  • Fotocopia del Documento legal, donde se demuestre la condición solicitada, indicando el monto de la jubilación o pensión.
  • Original de Constancia de residencia. En caso de presentar Registro Consular, éste debe ser expedido por la Oficina Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela del lugar de residencia del beneficiario y su cónyuge, cuando corresponda .En caso de presentar Constancia de Residencia, debe ser expedida por la autoridad local competente, debidamente legalizada o apostillada.
  • Debe elaborar y presentar en la Oficina Comercial conjuntamente con una fotocopia del Acta de Consignación de Documentos. En la fotocopia del acta de consignación el banco le acusara recibo.

 

La preparación y consignación de los requisitos se rige por el Manual de Normas y Procedimientos para la Consignación de Documentos emitido por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) en octubre de 2011.

El banco se abstendrá de tramitar, ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), las solicitudes que no cumplan con lo establecido en la Providencia 096

 

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