Pago Regalías | Pago Uso y Explotación de Patentes, Marcas, Licencias y Franquicias | Pago Contratos de Importación Tecnología y asistencia médica | ||||||
Sí | Sí | Sí |

Operaciones Cambiarias Inversiones Extranjeras
Servicio de tramite de divisas ante Cencoex por inversiones extranjeras .
Operaciones Cambiarias Líneas Aéreas
Tramite ante el Cencoex de divisas para Aeronáutica civil nacional.
Operaciones Cambiarias Exportaciones
Servicio de tramite ante Cencoex para exportación de bienes o servicios.
Operaciones Cambiarias Deuda Externa
Servicio de tramite de divisas ante Cencoex para financiamiento externo.
Operaciones Cambiarias Seguros
Servicio que permite tramitar ante Cencoex divisas para operaciones de seguros.
Custodia de Valores
Relación de transferencias que efectúa el cliente al banco de títulos de valores.
Operaciones Cambiarias Importaciones
Servicio de tramite de divisas ante Cencoex inscripción y actualización en el Registro de PJ.
Descripción
Es un servicio que permite a los clientes de Banco Activo tramitar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), las solicitudes de adquisición de divisas para el pago de regalías, uso y explotación de patentes, marcas, licencias y franquicias, así como para el pago de contratos de importación de tecnología y asistencia técnica, siempre que éstos últimos se vinculen a una empresa receptora de inversiones internacionales y no estén regulados en otras Providencias dictadas por esta Comisión, de acuerdo a las normativas y condiciones establecidas en la Providencia No. 056 en fecha 5 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.625 de la misma fecha y reimpreso en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.653 de fecha 19 de marzo de 2003, en concordancia con los artículos 3, 7 y 10 del Decreto N° 2.302 de fecha 5 de febrero de 2003, mediante el cual se crea el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX).
Características
Las divisas autorizadas por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) de conformidad con la Providencia No. 056, sólo podrán ser afectadas a los siguientes fines:
• Repatriación de capitales iniciales de la inversión internacional.
Condiciones
-
Las personas que requieran autorización para adquirir divisas, deberán estar inscritas, en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) a través del Portal electrónico del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), www.cencoex.gob.ve.
-
El Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), podrá requerir cualquier otra información o recaudo que fuese necesario para verificar la solicitud de inscripción y autorización, en documentos originales, copias fotostáticas o por medios electrónicos. Dicha documentación será remitida a través del Banco Activo, a los fines de su tramitación por ante la Comisión.
-
A los efectos de la segunda y siguientes solicitudes de autorización de adquisición de divisas, la persona deberá demostrar suficientemente por ante esta Comisión el uso de las divisas autorizadas con anterioridad.
-
El Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) podrá requerir la renovación o actualización de cualquiera de los documentos, cuando estos hubieren perdido vigencia.
Solicitud
- Realiza la solicitud a través del Portal electrónico de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) www.cencoex.gob.ve.
- Imprímela.
- Consigna toda la documentación en la oficina más cercana.
Requisitos
Inscripción en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD), la planilla obtenida por medios electrónicos junto con los siguientes recaudos:
- Original y copia del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales acompañados de sus modificaciones vigentes, donde conste la composición social, facultades de los administradores y nombramiento de los mismos, debidamente registradas.
- Original y copia del documento auténtico que acredite la representación legal.
- Original y copia de la cédula de identidad o pasaporte del representante legal y copia del Registro de Información Fiscal (RIF).
- Original y copia del documento de propiedad, arrendamiento, uso o usufructo del establecimiento principal donde ejerce su actividad económica.
- Estados Financieros auditados por Contador Público Externo, con sus notas complementarias, dictamen y carta de gerencia, visados por Contador Público Colegiado, correspondiente a los últimos tres (3) ejercicios económicos.
- Original y copia de las declaraciones y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), y a los Activos Empresariales de los tres (3) últimos períodos impositivos.
- Original y copia de las declaraciones y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de los seis (6) últimos períodos impositivos.
- Original de la Solvencia Municipal, emitida por la Alcaldía correspondiente.
- Original de las solvencias del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) y del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE).
- Solvencia de pago de las obligaciones derivadas de la Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional.
Para la adquisición de divisas destinadas a la inversión internacional, el usuario deberá presentar ante el operador cambiario autorizado, la solicitud de Autorización para la Adquisición de Divisas, acompañada de los siguientes recaudos:
-
Copia certificada del Acta de Asamblea de la empresa receptora de la inversión internacional donde conste el fin para el cual se requieren las divisas, y deberá coincidir con los enunciados en el artículo 2 de esta Providencia.
-
Copia del Decreto de expropiación, para el caso previsto en la letra d) del artículo de esta Providencia.
-
Copia certificada de la sentencia definitivamente firme, emanada de la autoridad competente, cuando corresponda.
-
Original del libro de accionistas debidamente sellado por el Registro Mercantil competente, donde conste la venta total o parcial de la inversión internacional, cuando sea el caso.
-
Original y copia de los estados financieros de la empresa receptora de la inversión internacional, debidamente auditados por contadores públicos externos con sus notas complementarias, correspondientes al ejercicio en el cual se realiza la solicitud y al inmediatamente anterior, en el entendido de que no deberán ser consolidados y estar ajustados por efecto de la inflación.
-
Original y copia de la Constancia de “Calificación de Empresa” expedida por el organismo nacional competente, cuando corresponda.
-
Original y copia del documento de Registro de Inversión Extranjera Directa, expedido por el organismo nacional competente, con sus respectivas modificaciones vigentes, cuando corresponda.
-
Cuando se trate de usuarios que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores, deberán consignar original y copia de la Resolución mediante la cual la Comisión Nacional de Valores autoriza la oferta pública de Títulos o Valores.
Para adquirir divisas destinadas al pago de regalías, uso y explotación de patentes, licencias, marcas y franquicias, así como para pagos de contratos de importación de tecnología y asistencia técnica, siempre que éstos últimos se vinculen a una empresa receptora de inversiones internacionales y no estén regulados en otras Providencias dictadas por esta Comisión, el usuario deberá presentar ante el operador cambiario autorizado, la solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas, acompañada de los siguientes recaudos:
-
Si se tratare de una operación no susceptible de Registro por ante el organismo nacional competente, se deberá anexar original y copia de la comunicación mediante la cual éste le exime del registro, en cuyo caso, el respectivo contrato deberá legalizarse en el país de origen del proveedor y estar traducido al castellano por interprete público, si estuviere en idioma distinto.
Copia del contrato donde conste la obligación debidamente traducido al castellano por interprete público, si estuviere en idioma distinto. -
Original y copia de las facturas emitidas de acuerdo con el contrato respectivo. Estado demostrativo que sirvió de base para el cálculo de cualquiera de los aspectos a que se refiere este artículo, señalando expresamente lo correspondiente a las retenciones de Impuesto sobre la Renta.
-
Si el usuario se hubiere acogido a algún tratado de doble tributación, deberá indicar la normativa que corresponda.
-
Estados financieros de la empresa receptora de la inversión internacional, debidamente auditados por contadores públicos externos con sus notas complementarias, correspondiente al ejercicio por el cual se realiza la solicitud y al inmediatamente anterior en el entendido de que no deberá ser consolidados y estar ajustados por efecto de la inflación.
La preparación y consignación de los requisitos se rige por el Manual de Normas y Procedimientos para la Consignación de Documentos emitido por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) en octubre de 2011.
El banco se abstendrá de tramitar, ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), las solicitudes que no cumplan con lo establecido en la Providencia No. 056.
© Copyright 2015 Banco Activo C.A., Banco Universal. RIF: J-08006622-7. Todos los derechos reservados.