Es un medio de pago emitido por un banco comercial a solicitud de un importador (denominado tomador u ordenante del crédito) y mediante el cual el banco comercial (denominado Banco emisor de la Carta de crédito), se obliga frente al exportador (denominado Beneficiario de la Carta de Crédito) a pagarle una determinada suma de dinero, sujeto a la condición de que este a su vez. Consigne los documentos pertinentes al banco emisor cumpliendo con los términos y condiciones / lineamientos que corresponda.
Características
- Es un medio de pago utilizado en el mundo para la conducción del comercio internacional
- Están regidas por las Reglas y Usos Uniformes Relativas a los Créditos Documentarios UCP 600 de la CCI (Revisión 2007)
- Buscan garantizar las compra/ventas a distancia, dado que:
- Otorga al vendedor un alto nivel de seguridad del pago
- Otorga al comprador la seguridad de que pagará sólo por aquello que realmente adquirió y en los mismos términos y condiciones previamente negociados con su proveedor, puesto que el Banco Negociador de la carta de crédito se responsabilizará por ello al verificar los documentos presentados por el exportador
- Un crédito documentario irrevocable y confirmado representa para el banco confirmador un compromiso en firme de pagar con sus recursos al Beneficiario, una vez que ha verificado que se cumplieron todos los términos y condiciones del crédito
- Destinadas a financiar la adquisición de mercancía, insumos y servicios.
- Las modalidades de cartas de crédito: importación y exportación, negociables o no, dentro del convenio de pagos y créditos recíprocos de ALADI, SUCRE y entre ellas:
• No confirmadas (Avisadas)
• Confirmadas
• A la vista
• A plazo, por aceptación o de pago diferido
• “Back-to-back”
• Standby