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Inversiones extranjeras

La presente Providencia establece el régimen aplicable para autorización de adquisición de divisas requerida para honrar compromisos derivados de las actividades de inversión internacional en la República Bolivariana de Venezuela, por parte de las empresas debidamente constituidas o domiciliadas en el país, que sean receptoras de dichas inversiones. También quedan sometidas al régimen previsto en esta providencia las solicitudes de adquisición de divisas para el pago de regalías, uso y explotación de patentes, marcas, licencias y franquicias, así como para el pago de contratos de importación de tecnología y asistencia técnica, siempre que éstos últimos se vinculen a una empresa receptora de inversiones internacionales y no estén regulados en otras Providencias dictadas por CADIVI.

Para mayor información por favor haga clic en el siguiente link: http://www.cadivi.gob.ve/normativa/providencias.html para acceder a la Providencia publicada por CADIVI.

Referencias Importantes - Empresas

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